El proyecto “Vincul-Acción” tiene como objetivo favorecer el acogimiento de niños, niñas y adolescentes en hogares de protección de la Comunidad Autónoma de Murcia.
La familia es el mejor entorno para que un niño, niña o adolescente tenga cubiertas sus necesidades de seguridad y estabilidad que le permitan desarrollarse adecuadamente a nivel biológico, afectivo, social, psicológico y educativo.
Cuando un niño, niña o adolescente no puede permanecer con sus padres biológicos, el acogimiento familiar constituye una alternativa preferible a la institucionalización de niños, niña y adolescentes, dado que supone su plena integración en un núcleo familiar, ya sea en su propia familia extensa o en una familia ajena.
Dependiendo de la situación sociofamiliar del niño, niña o adolescente, de su edad y características personales, el acogimiento se constituirá con carácter temporal o permanente.
Desde la Entidad Pública, como tutora de los menores que son acogidos por las familias, se fomenta y apoya el acogimiento familiar a través de distintas actuaciones:
ORIENTACIÓN Y ASESORAMIENTO
Sobre los distintos tipos de acogimiento familiar en función de tu disponibilidad, acerca de la opción que mejor se adapta a tus circunstancias.
FORMACIÓN COMO FAMILIA ACOGEDORA
Sobre las características de los niños, niñas o adolescentes susceptibles de ser acogidos.
Durante el tiempo que dure la estancia del menor en la familia de acogida.
Según necesidades de los menores y tipo de acogimiento.
Es un acogimiento temporal en una familia ajena a la suya cuyo objeto es ofrecer a los/as menores que se encuentren en situaciones de acogimiento residencial, la alternativa de disfrutar con una «Familia Amiga» los periodos de vacaciones, fines de semana y fechas relevantes, favoreciendo el contacto con un ambiente normalizador, facilitando la relación de las familias con niños y niñas en dificultad social, compartiendo sus experiencias en el tiempo de ocio y descanso.
Es un tipo de acogimiento temporal no programado, ya que es imprevisible en su comienzo, destinado a todos aquellos niños y niñas y grupos de hermanos con edades entre 0- 6 años tutelados por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Estos menores, que en el 90% de los casos son recién nacidos, se incorporan por un periodo de tiempo máximo de 9 meses a una familia normalizada ajena a su familia biológica (evitando así la institucionalización), donde reciben cuidados, atenciones, estimulación y afecto
Se trata de un acogimiento temporal especializado, donde la persona acogedora o alguno de los miembros de la familia acogedora dispone de cualificación, experiencia y formación específica para desempeñar esta función respecto de menores con necesidades o circunstancias especiales, con plena disponibilidad y percibiendo por ello la correspondiente compensación económica, sin suponer en ningún caso una relación laboral con la administración.
Una familia ajena al menor lo acogerá de manera temporal, máximo 2 años, evitando su ingreso en centro de protección y proporcionándole ese contexto familiar de protección y atención, hasta que la reunificación con su familia de origen sea posible o en caso de descartarse la reunificación familiar, se le pueda ofrecer otra alternativa familiar más permanente.
Procede solo cuando no es viable a medio-largo plazo la reunificación del niño, niña o adolescente a su familia de origen. Las características y deseos personales o las específicas circunstancias de su situación aconsejan su integración estable y duradera en otras familias, sin creación de vínculos de filiación entre ellos (no procede la adopción).
El acogimiento no convierte en hijo ni en padre o madre. Quien continúa siéndolo a nivel legal es solo la madre y/o el padre de origen biológico. Por lo que puede o no, seguir teniendo contacto con los miembros de la familia biológica o alguno de ellos, bien con visitas de mutuo acuerdo o supervisadas por la Entidad Pública.
A diferencia de la adopción, es una medida que prevé distintas causas de cese (que la familia acogedora o la niña, niño o adolescente acogido así lo soliciten, que estos últimos cumplan 18 años, o bien, que la Administración entienda que la medida no está siendo efectiva).
En la mayoría de los ceses por mayoría de edad, continua la convivencia y algunos terminan en adopción por voluntad del menor y la familia acogedora.
Para poder participar es necesario concertar cita previa a través del
O déjanos tus datos el siguiente formulario y te llamaremos:
REQUISITO PREVIO
Asistir a la Sesión Informativa sobre adopción y acogimiento antes de iniciar cualquier procedimiento de adopción o acogimiento familiar. En esta jornada se informa a las familias de las características de los menores, procedimientos, requisitos y tipos de alternativas de protección (tipos de acogimiento y adopción) para que las familias se ofrezcan a aquellas que mejor se ajusten a su disponibilidad.
LUGAR
En el Salón de Actos de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social en Avenida de La Fama, 3. Murcia.
FECHA Y HORA
El primer lunes de los meses de febrero, abril, junio, octubre y diciembre de cada año. Si ese primer lunes de mes fuera festivo, la sesión será el siguiente lunes hábil. En función de la demanda se podrán organizar sesiones informativas adicionales.
El acogimiento familiar ofrece a los menores tutelados la posibilidad de formar parte de un entorno familiar adecuado, cuando el de su familia de origen no reúne condiciones para atender sus necesidades.
Desde la Entidad Pública se realiza un proceso de selección de familias que puedan ofrecer a los menores el apoyo y cuidado que requieren en función de sus características y circunstancias, lo que requiere una labor de valoración de las condiciones sociofamiliares de aquellas de tal forma que sean el apoyo que necesitan en su proceso de resiliencia.
El acogimiento de un menor es un proceso que pasa por varias fases que describimos brevemente:
PRIMERA FASE
Sesión informativa sobre las características del programa..
SEGUNDA FASE
Formación de las familias. Curso formativo en el cual se expondrán las características y necesidades de los menores, así como las pautas educativas adecuadas para su cuidado.
TERCERA FASE
Valoración y selección de las familias que van a participar en el programa y elección de la familia acogedora en función de la adecuación a las necesidades del menor/es.
CUARTA FASE
Presentaciones familia – menor y periodo de acoplamiento.
Acogimiento del menor, seguimiento y apoyo por un equipo multidisciplinar (psicólogo, trabajador social y educador de intervención social).
LA OPINIÓN DE MURCIA
«Somos su familia temporal, no son nuestros hijos», explican Pedro A. Gambín y María Dolores Lozano, que ahora tienen en casa a dos hermanos de seis y diez años, además de a su hijo biológico de ocho..
LA OPINIÓN DE MURCIA
Pedro Antonio García y José Julián Bensusan se pusieron manos a la obra en el momento en el que decidieron casarse, hace nueve años, y ahora se acaban de mudar a una casa más grande en Alcantarilla para hacer hueco a su tercer hijo.
RTVE
Desgraciadamente hay mujeres que renuncian a sus hijos al nacer por no poder hacerse cargo de ellos o porque su entorno o sus adicciones hacen imposible que el menor viva en condiciones dignas.
CRUZ ROJA
Guillermo fue acogido cuando era adolescente, después de vivir en un Centro de Protección. El Acogimiento Familiar es un acto solidario y una alternativa a la acogida de menores de edad en un recurso residencial.